Según el RD 1428/03, de 21 de noviembre, en su artículo 50, el límite genérico de velocidad en travesías es de:
- A.30km/h
- B.50 km/hRespuesta correcta
- C.60 km/h
Explicación
La respuesta correcta es B. El artículo 50 del Real Decreto 1428/2003 establece como límite genérico de velocidad en travesías (tramos de carretera urbana) cincuenta kilómetros por hora. Este límite es superior al de vías urbanas de un carril (treinta km/h) pero inferior al de carreteras convencionales.