Según el Código Penal, ¿con qué pena será castigado el que originare un riesgo grave para la circulación, no restableciendo la seguridad de la vía, cuando haya obligación de hacerlo?
- A.Pena de prisión de 6 meses a 2 años o multa de 12 a 24 meses y trabajos en beneficio de la comunidad de 10 a 40 días.Respuesta correcta
- B.Pena de prisión de 6 meses a 2 años y multa de 6 a 12 meses y trabajos en beneficio de la comunidad de 10 a 40 días.
- C.Pena de prisión de 6 meses a 2 años o multa de 12 a 24 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 10 a 40 días.
Explicación
La respuesta correcta es A. El artículo 385 del Código Penal establece para quien origina riesgo grave para la circulación vial sin restablecer la seguridad: prisión de seis meses a dos años o multa de doce a veinticuatro meses, y trabajos en beneficio de la comunidad de diez a cuarenta días.