Se puede considerar morada:
- A.Cualquier lugar en el que un sujeto desarrolla sus actos más íntimos de la vida privada.
- B.Siempre cualquier piso o chalet.Respuesta correcta
- C.Ninguna es correcta.
Explicación
La respuesta correcta es B. Se considera morada siempre cualquier piso o chalet cuando se habita. La jurisprudencia del Tribunal Supremo reconoce que la morada protege todo espacio cerrado donde se desarrolla la vida privada, siendo los inmuebles convencionales como pisos y chalets ejemplos típicos y claros de lugares que gozan de protección constitucional.