Con respecto al procedimiento sancionador en materia de tráfico, cuando se trate de infracciones leves, infracciones graves que no supongan la detracción de puntos, o de infracciones muy graves y graves cuya notificación se efectuase en el acto de la denuncia, si el denunciado no abona en el acto o no formula alegaciones en el plazo de veinte días naturales siguientes a la notificación de la denuncia. Se producirá:
- A.Surtirá efectos de acto resolutorio del procedimiento sancionador.Respuesta correcta
- B.En este supuesto, la sanción podrá ejecutarse transcurridos treinta días naturales desde la notificación de la denuncia.
- C.Ambas son correctas.
Explicación
La respuesta correcta es A. Cuando se denuncia una infracción leve en el acto y el denunciado no abona ni presenta alegaciones en los veinte días siguientes a la notificación, la denuncia adquiere efectos de acto resolutorio del procedimiento sancionador. Esto significa que la propia denuncia se convierte en resolución definitiva sin necesidad de trámites adicionales.