En cuanto al ámbito territorial de actuación de las Policías Locales:
- A.Se estará a lo dispuesto en la Ley de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con sus artículos 6, 30 y 31.3.
- B.Se estará a lo dispuesto en la Ley de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con sus artículos 5 y 30.3.
- C.Se estará a lo dispuesto en la Ley de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con sus artículos 8 y 30.3.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es C. La Ley 1/2018 de Coordinación de Policías Locales de Madrid regula el ámbito territorial en su artículo 8. El artículo 30.3 prevé actuación fuera del término municipal en supuestos específicos. Ambos artículos determinan correctamente las competencias territoriales de policías locales.