En cuanto al régimen disciplinario de aplicación a los Cuerpos de Policía Local y de acuerdo con la actual Ley de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid:
- A.Le será de aplicación lo establecido en la Ley de Coordinación, en sus artículos 45,46 y 47, faltas muy graves, faltas graves y faltas leves respectivamente.Respuesta correcta
- B.Le será de aplicación lo establecido en la Ley Orgánica 4/2010, de 20 de mayo del Régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía.
- C.Ambas respuestas son correctas.
Explicación
La respuesta correcta es A. La Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid regula el régimen disciplinario en sus artículos 45 (faltas muy graves), 46 (graves) y 47 (leves). Esta es la normativa de aplicación a cuerpos de policía local de Madrid, no la LO 4/2010 estatal.