La omisión del deber de perseguir delitos por autoridad o funcionario (art. 408 CP) se sanciona con:
- A.Inhabilitación especial de 6 meses a 2 añosRespuesta correcta
- B.Multa de 3 a 6 meses
- C.Prisión de 6 meses a 1 año
- D.Suspensión de empleo y sueldo
Explicación
La respuesta correcta es A. El artículo 408 del Código Penal tipifica la omisión del deber de perseguir delitos por autoridades o funcionarios, sancionando con inhabilitación especial para empleo público por 6 meses a 2 años. Esta pena protege la obligación esencial de perseguir delitos.