¿Dónde deben publicarse las Ordenanzas?
- A.En el Diario Oficial de la Unión Europea
- B.En el Boletín Oficial del Estado
- C.En el Boletín Oficial de la ProvinciaRespuesta correcta
- D.En el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma
Explicación
La respuesta correcta es C. Las Ordenanzas municipales se publican en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) o en el de la Comunidad Autónoma uniprovincial, conforme al artículo 70.2 de la LRBRL.