¿Quién está legitimado para interponer un recurso de inconstitucionalidad?
- A.Toda personal natural o jurídica que invoque un interés legítimo, así como el Defensor del Pueblo y el Ministerio Fiscal.
- B.El Defensor del Pueblo, el Ministerio Fiscal, así como Jueces y Magistrados.
- C.El Presidente del Gobierno, el Defensor del Pueblo, 50 Diputados, 50 Senadores, los órganos colegiados ejecutivos de las Comunidades Autónomas y, en su caso, las Asambleas de las mismas.Respuesta correcta
- D.Ninguna de las respuestas es correcta.
Explicación
La respuesta correcta es C. El artículo 162.1.a) de la Constitución establece que están legitimados para interponer recurso de inconstitucionalidad el Presidente del Gobierno, el Defensor del Pueblo, 50 Diputados, 50 Senadores y los órganos colegiados ejecutivos y Asambleas de las Comunidades Autónomas.