Según el artículo 21 de la Ley Foral 23/2018 de Policías de Navarra, la creación de Policías Locales, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo anterior, deberá respetar las siguientes ratios:
- A.Entidades Locales de entre 7.000 y 10.000 habitantes: mínimo entre 1 y 1,3 policías por cada 1.000 habitantes.Respuesta correcta
- B.Entidades Locales de entre 10.000 y 30.000 habitantes: mínimo entre 1,3 y 1,8 policías por cada 1.000 habitantes.
- C.Entidades Locales con más de 30.000 habitantes: mínimo entre 1,8 y 2,2 policías por cada 1.000 habitantes.
Explicación
La respuesta correcta es A. Según la Ley Foral 23/2018, la creación de Policías Locales debe respetar ratios mínimas de policías por habitación según el tamaño poblacional. Para entidades de 7.000 a 10.000 habitantes, la ratio mínima es entre 1 y 1,3 policías por cada 1.000 habitantes. Estas ratios garantizan dotación policial adecuada.