Según el artículo 74 de la Ley Foral 23/2018 de Policías de Navarra, referido al régimen disciplinario, se considerará falta muy grave:
- A.Originar o tomar parte en altercados durante el servicio.
- B.La grave descoordinación con la ciudadanía, autoridades, superiores, compañeros o subordinados en el ejercicio de sus funciones.
- C.Toda actuación que suponga discriminación por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual, sexo, lengua, opinión, lugar de nacimiento o vecindad, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es C. Según la Ley Foral 23/2018, constituye falta muy grave cualquier actuación que suponga discriminación por razón de origen racial, religión, discapacidad, edad, orientación sexual, sexo u otras condiciones personales. Esta gravedad máxima reconoce que los agentes son garantes especiales de derechos fundamentales.