¿Qué órgano autoriza la circulación vigilada de drogas según el artículo 263 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal?
- A.Ministerio del Interior.
- B.Juez de Instrucción o Ministerio Fiscal.Respuesta correcta
- C.Jefe de Policía Local.
Explicación
La respuesta correcta es B. La circulación o entrega vigilada de drogas puede ser autorizada por el Juez de Instrucción competente o el Ministerio Fiscal según la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Esta técnica especial de investigación permite que sustancias ilícitas circulen bajo vigilancia para identificar delincuentes. Su autorización requiere resolución de autoridad competente.