La provocación mediante redes sociales se considera:
- A.Delito leve.
- B.Delito si incita directamente.Respuesta correcta
- C.No es delito.
Explicación
La respuesta correcta es B. La provocación mediante redes sociales constituye delito cuando incita directamente a la comisión de un delito concreto. El Código Penal considera las redes sociales como medio de eficacia semejante a otros para la publicidad de esa incitación. Sin embargo, debe existir una invitación explícita y directa al delito, no mera expresión de opinión.