Los Cuerpos de Policía Local deberán ejercer las siguientes funciones, según el artículo 53 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad:
- A.Vigilar los espacios públicos y colaborar con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y con la Policía de las Comunidades Autónomas en la protección de las manifestaciones y el mantenimiento del orden en grandes concentraciones humanas, en todo caso.
- B.Cooperar en la resolución de los conflictos privados cuando sean requeridos para ello.Respuesta correcta
- C.Policía Judicial, en lo relativo a las Ordenanzas, Bandos y demás disposiciones municipales dentro del ámbito de su competencia.
Explicación
La respuesta correcta es B. Según la Ley Orgánica 2/1986, los Cuerpos de Policía Local deben cooperar en la resolución de conflictos privados cuando sean requeridos para ello. Otras funciones incluyen actuaciones de Policía Judicial y colaboración con Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en caso de necesidad, pero la cooperación en conflictos privados es una competencia claramente definida.