Según lo establecido en el artículo 35 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, la Administración Local de Navarra, el órgano de informe, estudio, consulta y propuesta, en relación con las actuaciones referentes a la modificación de municipios o a la constitución de agrupaciones de los mismos:
- A.Comisión de régimen local.
- B.Comisión de delimitación territorial.Respuesta correcta
- C.Comisión de ordenación del territorio.
Explicación
La respuesta correcta es B. La Comisión de Delimitación Territorial es el órgano de informe, estudio, consulta y propuesta establecido en el artículo 35 de la Ley Foral navarra para los asuntos referentes a la modificación de municipios o la constitución de agrupaciones municipales. Esta comisión es distinta de otros órganos locales y tiene competencias específicamente definidas sobre cuestiones de ordenación territorial municipal.