En una actuación procede a la detención de un individuo que tiene dos nacionalidades, conforme a lo regulado en el artículo 520.3 del Real Decreto de 14 de septiembre de 1882, aprobatorio de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, ¿a qué autoridad consular informará?
- A.A la de su lugar de nacimiento.
- B.A la última adquirida.
- C.A la que decida el privado de libertad.Respuesta correcta
- D.Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.
Explicación
La respuesta correcta es C. Según el artículo 520.3 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, cuando una persona detenida tiene dos nacionalidades, es ella misma quien decide a qué autoridad consular informar. La policía no elige la nacionalidad del detenido, sino que respeta su preferencia personal sobre cuál es la representación consular que prefiere contactar.