¿Cuál de las siguientes conductas de los funcionarios pertenecientes a centros de protección o corrección de menores NO se encuentra por el artículo 533 del Código Penal?
- A.Imponer a los reclusos o internos sanciones indebidas.
- B.Imponer a los reclusos o internos privaciones indebidas.
- C.Usar con ellos de un rigor innecesario.
- D.Prolongar la incomunicación de los reclusos o internos.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. El artículo 533 del Código Penal castiga a funcionarios de centros de menores que impongan sanciones indebidas o usen rigor innecesario. Prolongar la incomunicación no se encuentra tipificado en este artículo, sino en otras disposiciones sobre detención ilegal.