Se prohíbe la circulación en autopistas y autovías de vehículos a motor a una velocidad inferior a:
- A.50 km/h.
- B.100 km/h.
- C.80 km/h.
- D.60 km/h.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. El artículo 48 del Real Decreto Legislativo 6/2015 (Ley de Tráfico) prohíbe la circulación en autopistas y autovías a una velocidad inferior a 60 km/h, garantizando una velocidad mínima para la fluidez del tráfico.