Pregunta 41

Policía Local - 2025 - Policía Local - Madrid

En relación con las condiciones de la exposición y venta de alimentos, la Ordenanza de Protección de la Salubridad Pública en la Ciudad de Madrid de 28 de mayo de 2014, dispone:

  • A.Los productos alimenticios expuestos sin envasar estarán convenientemente protegidos mediante vitrina o similar, de tal forma que se evite su contaminación o el contacto con el público, con excepción, en el comercio minorista, de los productos de la pesca frescos y descongelados, con indicación de esta última circunstancia, y de las frutas, verduras y hortalizas.Respuesta correcta
  • B.Los productos alimenticios expuestos sin envasar estarán convenientemente protegidos mediante vitrina o similar, de tal forma que se evite su contaminación o el contacto con el público, con excepción, en el comercio minorista, de los productos de la pesca fresca.
  • C.Los productos alimenticios expuestos sin envasar estarán convenientemente protegidos mediante vitrina o similar, de tal forma que se evite su contaminación o el contacto con el público, con excepción, en el comercio minorista, de los productos de la pesca fresca y de las frutas, verduras y hortalizas.

Explicación

La respuesta correcta es A. La Ordenanza de Protección de la Salubridad Pública de Madrid exige que productos sin envasar sean protegidos mediante vitrina. Establece excepciones para productos de pesca frescos y descongelados con indicación de tal circunstancia, y para frutas, verduras y hortalizas, que no requieren vitrina.