La autoridad o funcionario que, faltando a la obligación de su cargo, dejare intencionadamente de promover la persecución de los delitos de que tenga noticia o de sus responsables, incurrirá en la pena de:
- A.Multa de ocho a doce meses.
- B.Multa de tres a doce meses.Respuesta correcta
- C.Inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años.
Explicación
La respuesta correcta es B. El artículo 408 del Código Penal castiga al funcionario que deja intencionadamente de promover la persecución de delitos con inhabilitación especial para empleo o cargo público de seis meses a dos años. Esta pena responde a la necesidad de garantizar que los funcionarios cumplan con su obligación de denunciar delitos.