Conforme a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, ¿qué órganos municipales deberán existir en todos los Ayuntamientos? (señale la respuesta INCORRECTA)
- A.La Junta de Gobierno Local.Respuesta correcta
- B.El Alcalde, los Tenientes de Alcalde y el Pleno.
- C.La Comisión Especial de Cuentas.
Explicación
La respuesta correcta es A. El artículo 20 de la LRBRL exige que en todos los Ayuntamientos existan el Alcalde, Tenientes de Alcalde, el Pleno y la Comisión Especial de Cuentas. La Junta de Gobierno Local no es obligatoria: solo existe en municipios con régimen de gran población o de forma potestativa en otros municipios.