De acuerdo con el Reglamento General de Circulación no podrán circular por las vías objeto de la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial los conductores de vehículos destinados al transporte de mercancías con una masa máxima autorizada superior a 3.500 kilogramos, con una tasa de alcohol superior a:
- A.0,30 miligramos por litro en aire espirado.
- B.0,25 miligramos por litro en aire espirado.
- C.0,15 miligramos por litro en aire espirado.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es la C.El artículo 20 del Reglamento General de Circulación establece que no podrán circular los conductores con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,25 mg/l para conductores en general.