El que condujera un vehículo de motor o un ciclomotor en vía interurbana a velocidad superior en ochenta kilómetros por hora a la permitida reglamentariamente, podrá ser castigado con la pena de multa de:
- A.Tres a seis meses.
- B.Seis a nueve meses.
- C.Seis a doce meses.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es C. El artículo 379.1 del Código Penal tipifica conducir en vía interurbana a velocidad superior en más de 80 km/h al límite permitido como delito, castigado con prisión de seis a doce meses. Este exceso grave representa un peligro extremo para la seguridad vial y otros usuarios.