Se puede ordenar el traslado de un vehículo a un Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos para su posterior destrucción y descontaminación, desde que el vehículo fuere inmovilizado o retirado de la vía pública y depositado por la Administración, y su titular no hubiere formulado alegaciones, transcurran al menos:
- A.Treinta días.
- B.Tres meses.
- C.Dos meses.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es C. El artículo 105 del Texto Refundido de la Ley de Tráfico (RDLeg 6/2015) permite trasladar un vehículo retirado a un Centro Autorizado de Tratamiento para su destrucción solo transcurridos dos meses desde la retirada, sin que el titular lo haya recuperado. Este plazo protege los derechos del propietario del vehículo.