El particular, Asistido de un agente de Policía judicial que detuviere a una persona en virtud de lo dispuesto en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, deberá:
- A.Ponerla en libertad o entregarla al más próximo al lugar en que hubiese hecho la detención.Respuesta correcta
- B.Los particulares no pueden efectuar detenciones.
- C.Entregarla al Juez de Instrucción.
Explicación
La respuesta correcta es A. El artículo 490 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal dispone que el particular que detiene a alguien debe ponerlo en libertad o entregarlo al Juez más próximo a la mayor brevedad. La asistencia de agente de policía judicial no modifica este deber fundamental de respetar derechos.