La notificación por medios electrónicos se entenderá rechazada:
- A.Cuando hayan transcurrido diez días hábiles desde la puesta a disposición de la notificación en el punto de acceso general sin que se acceda a su contenido.
- B.Cuando hayan transcurrido diez días naturales desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido.Respuesta correcta
- C.Cuando hayan transcurrido diez días hábiles desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido.
- D.Cuando hayan transcurrido diez días naturales desde la puesta a disposición de la notificación en el punto de acceso general sin que se acceda a su contenido.
Explicación
La respuesta correcta es B. El artículo 43.2 de la Ley 39/2015 establece que la notificación electrónica se entenderá rechazada cuando hayan transcurrido diez días naturales desde su puesta a disposición sin acceder al contenido.