Pregunta 76

Policía Local - 2025 - Policía Local - Jerez de la Frontera

La autorización para la creación de un cuerpo de Policía Local en municipios de menos de cinco mil habitantes:

  • A.Se otorgará por la Consejería competente, en el plazo de doce meses desde la recepción del acuerdo municipal adoptado.
  • B.Se otorgará por la Consejería competente, en el plazo de seis meses desde la recepción del acuerdo municipal adoptado.
  • C.Se otorgará por la Consejería competente, en el plazo de dos años desde la recepción del acuerdo municipal adoptado.
  • D.La creación de un Cuerpo de Policía Local en municipios de menos de cinco mil habitantes no está sujeta a autorización alguna, siempre y cuando exista acuerdo municipal adoptado.Respuesta correcta

Explicación

La respuesta correcta es D. La Ley 6/2023 de Policías Locales de Andalucía establece que la creación de un Cuerpo de Policía Local en municipios menores de cinco mil habitantes no requiere autorización si existe acuerdo municipal.