La celebración de un tratado internacional que contenga estipulaciones contrarias a la Constitución exigirá:
- A.Que el Gobierno o las dos Cámaras puedan requerir al Tribunal Constitucional para que declare si existe o no esa contradicción.
- B.Que el Tribunal Constitucional se pronuncie sobre la existencia de contradicción.
- C.La previa revisión constitucional.
- D.El examen previo y la tramitación de la pertinente reforma constitucional.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. El artículo 95 de la Constitución establece que la celebración de un tratado internacional contrario a la Constitución exigirá previa revisión constitucional. Gobierno y Cortes pueden requerir al TC para pronunciarse sobre la contradicción detectada.