Salvo previsión legal distinta, las multas por infracción de Ordenanzas locales deberán respetar las siguientes cuantías:
- A.700 euros.
- B.3.500 euros.
- C.1.000 euros.
- D.750 euros.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. El artículo 141 de la LRBRL fija en 750 euros el importe máximo de las multas por infracción de Ordenanzas locales, salvo que una ley específica establezca otra cuantía. Este límite garantiza la proporcionalidad de sanciones administrativas municipales.