Según el artículo 59 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de Octubre, para el acceso a la función pública de personas con discapacidad:
- A.Se reservará un cupo no inferior al 7 % de las vacantes, de modo que progresivamente se alcance el 2 % de los efectivos totales en cada Administración Pública.Respuesta correcta
- B.Se reservará un cupo no inferior al 7 % de las vacantes, de modo que progresivamente se alcance el 3 % de los efectivos totales en cada Administración Pública.
- C.Se reservará un cupo no inferior al 5 % de las vacantes, de modo que progresivamente se alcance el 2 % de los efectivos totales en cada Administración Pública.
- D.Se reservará un cupo no inferior al 10 % de las vacantes, de modo que progresivamente se alcance el 2 % de los efectivos totales en cada Administración Pública.
Explicación
La respuesta correcta es A. El artículo 59 del TREBEP establece que en las ofertas de empleo público se reservará un cupo no inferior al 7% de las vacantes para personas con discapacidad. Ese porcentaje busca alcanzar progresivamente el 2% de los efectivos totales de la administración.