Según el Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores, los vehículos especiales agrícolas autopropulsados o sus conjuntos cuya masa o dimensiones máximas autorizadas no excedan de los límites establecidos en la reglamentación de vehículos para los vehículos ordinarios, se podrán conducir:
- A.Con el permiso de la clase B, exclusivamente.
- B.Con el permiso de la clase B, o con licencia de conducción.Respuesta correcta
- C.Con el permiso de la clase A1.
- D.Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.
Explicación
La respuesta correcta es B. El artículo 6 RD 818/2009 permite que vehículos especiales agrícolas autopropulsados, si sus dimensiones no exceden los límites ordinarios, se conduzcan con permiso B o con licencia de conducción. No se requiere permiso especial cuando cumplen límites ordinarios.