El artículo 47 de la Ley 2/2002, de 11 de noviembre, de Gestión de Emergencias de Andalucía, determina que el Consejo Andaluz del Fuego se crea, como órgano colegiado adscrito a la Consejería competente en materia de protección civil, con carácter consultivo y de participación en desarrollo de la materia objeto:
- A.Del título II.Respuesta correcta
- B.Del título III.
- C.Del título I.
Explicación
La respuesta correcta es A. El artículo 47 de la Ley 2/2002 de Gestión de Emergencias de Andalucía crea el Consejo Andaluz del Fuego como órgano consultivo adscrito a la Consejería de protección civil. Este consejo desarrolla su función en el ámbito regulado por el Título II relativo a incendios forestales.