Cuando los datos personales figuren en resoluciones judiciales, registros, diligencias o expedientes dentro de un proceso penal ¿cómo se ejercerán los derechos de información, acceso, rectificación, supresión y limitación?
- A.Según lo previsto en el Reglamento General de Protección de Datos.
- B.Conforme a las normas procesales penales judiciales.Respuesta correcta
- C.Directamente conforme a la Ley Orgánica 7/2021, de 26 de mayo, de protección de datos personales tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones penales, sin excepción.
- D.Exclusivamente a través de la Agencia Española de Protección de Datos.
Explicación
La respuesta correcta es B. Cuando datos personales figuran en procesos penales, los derechos de información, acceso, rectificación, supresión y limitación se ejercen conforme a las normas procesales penales. No se aplica directamente el RGPD general, ni se actúa exclusivamente a través de la AEPD.