De acuerdo con la regulación contenida en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, el detenido o preso podrá renunciar a la preceptiva asistencia de abogado:
- A.Si su detención lo fuere por hechos susceptibles de ser tipificados exclusivamente como delitos leves.Respuesta correcta
- B.Si su detención lo fuere por hechos susceptibles de ser tipificados exclusivamente como delitos contra la seguridad del tráfico.
- C.Cuando éste facilite información clara y suficiente en un lenguaje sencillo y comprensible, el Ministerio Fiscal lo autorice.
- D.La asistencia de abogado es preceptiva, no puede renunciar a ella en ningún caso.
Explicación
La respuesta correcta es A. La Ley de Enjuiciamiento Criminal permite que el detenido o preso renuncie a asistencia de abogado solo si la detención lo fuere por hechos tipificables exclusivamente como delitos leves. En otros tipos de delitos, la asistencia de abogado es preceptiva.