¿Cuál de los siguientes derechos NO está sujeto a recurso de amparo ante el Tribunal constitucional?
- A.El derecho a la propiedad privada.Respuesta correcta
- B.El derecho a asociación.
- C.El derecho a la educación.
- D.El derecho a la libertad de cátedra.
Explicación
La respuesta correcta es A. El recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional protege derechos fundamentales del artículo 14 y la Sección 1ª del Capítulo II (artículos 15-29 CE), más la objeción de conciencia del artículo 30. El derecho a la propiedad privada del artículo 33 pertenece a la Sección 2ª y no está amparado.