Previa activación del correspondiente plan de emergencia, la Autoridad competente, prevista en el mismo, podrá adoptar las medidas de emergencia establecidas y derivadas de éste, pero con carácter general no podrá:
- A.Ordenar la permanencia en domicilios y locales, prohibiendo la salida de los mismos.Respuesta correcta
- B.Limitar y condicionar el uso de servicios públicos y el consumo de determinados bienes.
- C.Ordenar la ocupación temporal, intervención o requisa de aquellos bienes y servicios que se considere estrictamente necesario, en la forma y supuestos previstos en las Leyes.
- D.Ordenar la omisión de acciones y, en su caso, la prestación de servicios obligatorios de carácter personal.
Explicación
La respuesta correcta es A. La Ley de Gestión de Emergencias de Andalucía establece que, tras activar el plan de emergencia, la autoridad competente puede adoptar medidas extraordinarias, pero con carácter general hay límites a ciertas acciones específicas.