El delito de allanamiento de morada está contemplado en el Código Penal en su artículo:
- A.201.
- B.202.Respuesta correcta
- C.203.
- D.204.
Explicación
La respuesta correcta es B. El delito de allanamiento de morada se encuentra regulado en el artículo 202 del Código Penal, dentro del Título X dedicado a delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio. Este artículo contiene la tipificación básica del delito.