Las Juntas Locales de Seguridad como órganos competentes para establecer las formas y procedimientos de colaboración entre los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del ámbito territorial de los municipios, se podrán constituir en:
- A.Las Comunidades Autónomas.
- B.Todos los municipios.
- C.Las Juntas Locales de Seguridad no tienen este cometido.
- D.Las otras respuestas son falsas.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. Las Juntas Locales de Seguridad son órganos de coordinación entre fuerzas de seguridad. Pueden constituirse en diferentes ámbitos territoriales según las necesidades de cada zona.