El Municipio ejercerá en todo caso como competencias propias, en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, en las siguientes materias:
- A.Urbanismo: planeamiento, gestión, ejecución y disciplina urbanística. Protección y gestión del Patrimonio histórico. Promoción y gestión de la vivienda de protección pública con criterios de sostenibilidad financiera. Conservación y rehabilitación de la edificación.
- B.Medio ambiente urbano: en particular, parques y jardines públicos, gestión de los residuos sólidos urbanos y protección contra la contaminación acústica, lumínica y atmosférica en las zonas urbanas.
- C.Abastecimiento de agua potable a domicilio y evacuación y tratamiento de aguas residuales.
- D.Todas las respuestas anteriores son correctas.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. La Ley Reguladora de Bases de Régimen Local enumera expresamente cuáles son las competencias obligatorias de los municipios. Estas materias abarcan servicios y funciones esenciales de la administración local.