Según la disposición adicional primera de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva entre Mujeres y Hombres, se entenderá por composición equilibrada la presencia de mujeres y hombres de forma que, en el conjunto a que se refiera, las personas de cada sexo:
- A.Tengan la misma representación.
- B.No superen el 60% ni sean menos del 40%.Respuesta correcta
- C.No superen el 70% ni sean menos del 30%.
- D.No sean menos del 35%.
Explicación
La respuesta correcta es B. La Ley de Igualdad establece un criterio específico de equilibrio entre sexos en organismos y órganos. La composición equilibrada se mide en términos de rango porcentual que refleja una presencia significativa de ambos sexos.