Pregunta 82

Policía Local - 2025 - Policía Local - Azuqueca de Henares

En relación con los datos de las personas fallecidas, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales establece que:

  • A.Únicamente los herederos podrán dirigirse al responsable o encargado del tratamiento al objeto de solicitar el acceso a los datos personales de aquélla y, en su caso, su rectificación o supresión.
  • B.Las personas vinculadas al fallecido por razones familiares o de hecho, así como sus herederos podrán dirigirse al responsable o encargado del tratamiento al objeto de solicitar el acceso a los datos personales de aquélla y, en su caso, su rectificación o supresión.Respuesta correcta
  • C.Con el fallecimiento se pierde el derecho relativo a la protección de datos, debiéndose llevar a cabo la supresión de los mismos por parte de los responsables o encargados del tratamiento.
  • D.Las personas vinculadas al fallecido por razones familiares o de hecho, así como sus herederos no podrán acceder a los datos del causante, ni solicitar su rectificación o supresión, cuando la persona fallecida lo hubiese prohibido expresamente, incluido el derecho de los herederos a acceder a los datos de carácter patrimonial del causante.

Explicación

Según el artículo 3.1 de la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales (LOPDGDD), las personas vinculadas al fallecido por razones familiares o de hecho, así como sus herederos, podrán dirigirse al responsable o encargado del tratamiento.