No es necesario el preaviso para disolver una manifestación en lugares de tránsito público en caso de que:
- A.Se profieran expresiones contra las autoridades gubernativas.
- B.Se usen armas por los manifestantes.Respuesta correcta
- C.No se haya comunicado su celebración a la autoridad gubernativa.
- D.Se produzca cualquiera de las anteriores circunstancias.
Explicación
Según el artículo 5 de la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del Derecho de Reunión, cuando se produzcan alteraciones del orden público con peligro para personas o bienes, la autoridad gubernativa podrá disolver la reunión o.