Según la Ordenanza reguladora del Uso de Actividades recreativas Privadas (Locales de Reunión Privada) del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares, en su Art. 7 se establecen como horas de referencia para el ejercicio de las actividades reguladas en esta Ordenanza:
- A.El horario de 08:00 a 23:00 horas.
- B.El horario de 09:00 a 23:00 horas.
- C.El horario de 09:00 a 24:00 horas.Respuesta correcta
- D.El horario de 08:00 a 24:00 horas.
Explicación
La respuesta correcta es C. Según el Art. 7 de la Ordenanza de Actividades Recreativas Privadas del Ayuntamiento de Azuqueca, el horario de referencia para el ejercicio de estas actividades es de 09:00 a 24:00 horas.