Pregunta 36

Policía Local - 2025 - Policía Local - Azuqueca de Henares

Según la Ordenanza municipal de protección de elementos del entorno del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares ¿Qué tipo de infracción se considera realizar grafitis sin autorización en una fachada privada visible desde la calle?

  • A.Leve, si no causa daño estructural.
  • B.Grave, por alterar elementos del entorno urbano sin permiso.Respuesta correcta
  • C.No se considera infracción si el propietario no denuncia.
  • D.Infracción leve, solo si la superficie afectada es inferior a 1 metro cuadrado.

Explicación

La respuesta correcta es B. Según la Ordenanza de Protección de Elementos del Entorno, realizar grafitis sin autorización en una fachada privada visible desde la calle constituye una infracción grave por alterar elementos del entorno urbano sin permiso correspondiente.