¿Quién está legitimado para interponer un recurso de inconstitucionalidad?
- A.El Presidente del Gobierno, el Defensor del Pueblo, 40 Diputados, 40 Senadores y los órganos colegiados ejecutivos de las Comunidades Autónomas
- B.Toda persona natural o jurídica que invoque un interés legítimo, así como el Defensor del Pueblo y el Ministerio Fiscal
- C.El Presidente del Gobierno, el Defensor del Pueblo, 50 Diputados, 50 Senadores, los órganos colegiados ejecutivos de las Comunidades Autónomas y en su caso, las Asambleas de las mismasRespuesta correcta
- D.Toda persona natural o jurídica que invoque un interés legítimo, así como el Presidente del Gobierno y el Ministerio Fiscal
Explicación
La respuesta correcta es C. Están legitimados para interponer recurso de inconstitucionalidad el Presidente del Gobierno, el Defensor del Pueblo, cincuenta Diputados, cincuenta Senadores, los órganos ejecutivos de las Comunidades Autónomas y sus Asambleas Legislativas, conforme al artículo 162.1.a) de la Constitución Española.