La Comunidad Autónoma de Andalucía asume, mediante el Estatuto de Autonomía de Andalucía, las siguientes competencias:
- A.a) Competencias exclusivas, que comprenden la potestad legislativa, la potestad reglamentaria y la función ejecutiva, en el marco de las bases que fije la Comunidad Autónoma
- B.b) Competencias en relación con la aplicación de la legislación del Estado, la potestad reglamentaria y la función ejecutiva, en el marco de las bases que fije la Junta de Andalucía
- C.c) Competencias en relación con la aplicación del derecho comunitario, que comprenden el desarrollo y ejecución de la normativa y los actos de la Unión Europea que afecte al ámbito de las competencias de la Comunidad AutónomaRespuesta correcta
- D.d) La Comunidad Autónoma de Andalucía ejerce las competencias no mencionadas expresamente en este Estatuto, por omisión, sin necesidad de transferencia o delegación
Explicación
.2.4.º del Estatuto de Autonomía de Andalucía establece las competencias en relación con la aplicación del derecho comunitario, que comprenden el desarrollo y la ejecución de la normativa de la Unión Europea cuando afecte al ámbito de las competencia.