Los atestados que redacten y las manifestaciones que hagan los funcionarios de Policía judicial, a consecuencia de las averiguaciones que hayan practicado, se considerarán:
- A.Declaraciones testificales
- B.Actuaciones previas
- C.Diligencias
- D.DenunciaRespuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. El artículo 297 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece que los atestados redactados por funcionarios de Policía Judicial, a consecuencia de sus averiguaciones, se considerarán denuncias para todos los efectos legales. Los atestados tienen carácter de denuncia formal ante la autoridad judicial.