Entre las atribuciones del Alcalde, reguladas en el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, encontramos:
- A.La aprobación del reglamento orgánico y de las ordenanzas.
- B.El control y la fiscalización de los órganos de gobierno.
- C.La aprobación de la plantilla de personal y de la relación de puestos de trabajo.
- D.Aprobar las bases de las pruebas para la selección del personal.Respuesta correcta
Explicación
La pregunta se refiere a la reforma constitucional (Título X CE).El artículo 167 regula la reforma ordinaria (mayoría de 3/5) y el artículo 168 la reforma agravada (que afecte al Título Preliminar, Sección 1.a del Cap.