Pregunta 49

Policía Local - 2025 - Inspector Policía Municipal - Madrid

En virtud de la Ley Orgánica 7/2021, de 26 de mayo, de Protección de Datos Personales Tratados para Fines de prevención, Detección, Investigación y Enjuiciamiento de Infracciones Penales y de Ejecución de Sanciones Penales, ¿interrumpirá la prescripción de las infracciones administrativas?

  • A.El comienzo de un procedimiento judicial penal, hasta que la autoridad judicial comunique al órgano administrativo su finalización.
  • B.La iniciación, con conocimiento del interesado, del procedimiento de ejecución, volviéndose a transcurrir el plazo si el mismo está paralizado durante más de seis meses por causa no imputable al infractor.
  • C.La iniciación, con conocimiento del interesado, del procedimiento sancionador, reiniciándose el plazo de prescripción si el expediente sancionador estuviere paralizado durante más de seis meses por causas no imputables al presunto infractor.Respuesta correcta

Explicación

La respuesta correcta es C. La prescripción de infracciones administrativas se interrumpe por iniciación conocida del procedimiento sancionador, reiniciándose si paralización excede seis meses por causas ajenas al presunto infractor. La LO 7/2021 establece este régimen específico. Las opciones A y B contienen errores sobre procedimiento penal vs. administrativo o denominaciones incorrectas.