En relación con el uso del arma de fuego por la policía y en concreto por la Policía Municipal indique en qué preceptos normativos e instrucciones se regulan las situaciones en que se puede utilizar el arma:
- A.Art. 5.2 d) de la Ley Orgánica 2/86 de 13 de marzo; Art. 15 e) de la Ley 1/2018 de 22 de febrero de la Comunidad de Madrid; artículos 9,0 y 12 del Reglamento del Cuerpo de 31 de marzo de 1995 e Instrucción 7/2006/ACT del Cuerpo de Policía Municipal de Madrid.Respuesta correcta
- B.Art. 5.2 d) de la Ley Orgánica 2/86 de 13 de marzo; Art. 10 a) de la Ley 1/2018 de 22 de febrero de la Comunidad de Madrid; artículos 9,0 y 12 del Reglamento del Cuerpo de 31 de marzo de 1995 e Instrucción 7/2006/ACT del Cuerpo de Policía Municipal de Madrid.
- C.Art. 5.2 d) de la Ley Orgánica 2/86 de 13 de marzo; Art. 15 e) de la Ley 1/2018 de 22 de febrero de la Comunidad de Madrid; artículos 9,0 y 12 del Reglamento del Cuerpo de 31 de marzo de 1995 e Instrucción 7/2008/ACT del Cuerpo de Policía Municipal de Madrid.
Explicación
La respuesta correcta es A. El uso del arma en Policía Municipal se regula en: artículo 5.2.d) de la LO 2/86, artículo 15.e) de la Ley 1/2018 de Madrid, artículos 9, 10 y 12 del Reglamento de 1995, e Instrucción 7/2006/ACT. La opción B contiene error de cita normativa (10.a) en vez de 15.e), mientras C menciona erróneamente año 2008 de la Instrucción.